APROBÓ CABILDO DEL XXV AYUNTAMIENTO DE TIJUANA CONDONACIÓN DE MULTAS Y RECARGOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2024 Y ANTERIORES

• Con esta acción, el Gobierno Municipal encabezado por Ismael Burgueño apoya la economía de las familias tijuanenses.

Tijuana, Baja California, a 9 de octubre de 2024.- El Cabildo del XXV Ayuntamiento de Tijuana, aprobó, en reciente sesión, la condonación de multas y recargos municipales, correspondientes al ejercicio fiscal 2024 y anteriores, como parte de los esfuerzos de la administración municipal encabezada por Ismael Burgueño Ruiz por apoyar la economía de las familias tijuanenses y que la ciudadanía cumpla con el pago de sus contribuciones, así lo informó el Tesorero Municipal, Víctor Alfonso Ramos Gómez.

“Somos sensibles ante las necesidades de la población, y bajo este esquema lo que esperamos es que las familias tengan las facilidades para realizar sus pagos y si hay alguno pendiente, se disminuya el adeudo”, explicó.

Ramos Gómez, especificó que este programa de estímulos fiscales estará vigente del 7 de octubre al 31 de diciembre de 2024, por lo que exhorta a la ciudadanía que tenga adeudos a aprovechar la condonación de multas y recargos municipales.

El acuerdo establece que durante su vigencia las y los tijuanenses que realicen el pago del Impuesto Predial y del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, se les condonará el 100 por ciento de las multas y recargos generados por incumplimiento en su pago, respecto al ejercicio fiscal 2024 y años anteriores.

En el caso de los contribuyentes que efectúen el pago de Derechos Municipales recibirán la condonación del 50 por ciento en multas y recargos generados durante 2024 y años anteriores, si cubren su adeudo a más tardar el 31 de diciembre.

Asimismo, quienes realicen el pago de sus multas por incumplimiento a los Reglamentos Municipales durante la vigencia de este acuerdo, obtendrán la condonación del 50 por ciento en multas y recargos generados con anterioridad al 7 de octubre de 2024.

Dicho acuerdo establece que la condonación de multas y recargos únicamente tiene validez si los ciudadanos cubren el adeudo en su totalidad y cumplen con las demás disposiciones establecidas en el mismo.

Además, en el caso de las multas por incumplimiento a los reglamentos municipales, no son objeto de condonación aquellas infracciones por estacionar vehículos en rampas y accesos exclusivos para personas con capacidades diferentes.

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